18 de octubre de 2011

Procesaron a seis imputados por el crimen de las francesas

El juez viajará a París para reunirse con con su par galo, Patrick Ramael
El juez de Instrucción Formal 1 de Salta, Fernando Martín Pérez, dictó hoy el auto de procesamiento a seis imputados por el crimen de las turistas francesas Cassandre Bouvier y Houria Mounmi, resolución que fue registrada a las 9.37 en la mesa de entradas de su tribunal y que a media mañana será girada al fiscal penal 1, Eduardo Barrionuevo.

El magistrado, una vez concluida la diligencia, concretada 94 días después del terrible suceso y a 80 días del hallazgo de los cuerpos de las víctimas, en la Quebrada de San Lorenzo, se dispone a viajar a Buenos Aires en un vuelo de la empresa Lan, para luego viajar a París donde sostendrá una reunión de trabajo con su par galo,
Patrick Ramael, quien realiza una investigación paralela de los terribles hechos.

Pérez viajará en compañía del director del Servicio de Huellas Digitales Genéticas de la facultad de Bioquímica y Farmacia de la Universidad de Buenos Aires, Daniel Corach.

El encuentro con Ramael está previsto para el miércoles próximo. El jueves 20, en tanto, junto a Corach, mantendrá una sesión de trabajo con los genetistas y autopsistas que estudian nuevas muestras de hisopados anales y vaginales de Cassandre y Houria e hisopados bucales de los tres principales acusados, que ya están
procesados por el delito de doble crimen agravado, violación con acceso carnal doblemente ultrajante y robo calificado. Se trata de Gustavo Lasi, Santos Clemente Vera y Daniel Vilte Laxi. Paralelamente dispuso transformar en prisión preventiva la detención de los tres.

También dispuso el procesamiento de María Fernanda Cañizares como autora provisoria del delito de encubrimiento calificado, mientras que Omar Darío Ramos y Antonio Eduardo Sandoval fueron imputados como autores provisorios del delito de encubrimiento.
Fueron sobreseídos del delito de doble homicidio Francisco Ariel Tejeda y Raúl Alfredo Sarmiento. Federico Roberto Cañizares fue sobreseído del delito de encubrimiento, mientras que Walter Orlando Lasi y Eduardo Enrique Lasi fueron sobreseídos de acuerdo a los términos de los artículos 324 y 326 inciso 4 del Código Procesal Penal.

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