El juez viajará a París para reunirse con con su par galo, Patrick Ramael
El juez de Instrucción Formal 1 de Salta, Fernando Martín Pérez, dictó hoy el auto de procesamiento a seis imputados por el crimen de las turistas francesas Cassandre Bouvier y Houria Mounmi,
resolución que fue registrada a las 9.37 en la mesa de entradas de su
tribunal y que a media mañana será girada al fiscal penal 1, Eduardo
Barrionuevo.
El magistrado, una vez concluida la diligencia, concretada 94 días
después del terrible suceso y a 80 días del hallazgo de los cuerpos de
las víctimas, en la Quebrada de San Lorenzo, se dispone a viajar a
Buenos Aires en un vuelo de la empresa Lan, para luego viajar a París
donde sostendrá una reunión de trabajo con su par galo,
Patrick Ramael, quien realiza una investigación paralela de los terribles hechos.
Pérez viajará en compañía del director del Servicio de Huellas Digitales
Genéticas de la facultad de Bioquímica y Farmacia de la Universidad de
Buenos Aires, Daniel Corach.
El encuentro con Ramael está previsto para el miércoles próximo. El
jueves 20, en tanto, junto a Corach, mantendrá una sesión de trabajo con
los genetistas y autopsistas que estudian nuevas muestras de hisopados
anales y vaginales de Cassandre y Houria e hisopados bucales de los tres
principales acusados, que ya están
procesados por el delito de doble crimen agravado, violación con acceso
carnal doblemente ultrajante y robo calificado. Se trata de Gustavo
Lasi, Santos Clemente Vera y Daniel Vilte Laxi. Paralelamente dispuso
transformar en prisión preventiva la detención de los tres.
También dispuso el procesamiento de María Fernanda Cañizares como
autora provisoria del delito de encubrimiento calificado, mientras que
Omar Darío Ramos y Antonio Eduardo Sandoval fueron imputados como
autores provisorios del delito de encubrimiento.
Fueron sobreseídos del delito de doble homicidio Francisco Ariel
Tejeda y Raúl Alfredo Sarmiento. Federico Roberto Cañizares fue
sobreseído del delito de encubrimiento, mientras que Walter Orlando Lasi
y Eduardo Enrique Lasi fueron sobreseídos de acuerdo a los términos de
los artículos 324 y 326 inciso 4 del Código Procesal Penal.
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